Definición, tipos y zonas con tratamiento especial en España.

El IVA es un impuesto indirecto que recae sobre el consumo de las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios o profesionales, de las adquisiciones intracomunitarias de bienes o de las importaciones de bienes.

El adjetivo indirecto se refiere a que no se tienen en cuenta las circunstancias particulares de quien lo paga. Es independiente de la renta o del patrimonio ya que únicamente se centra en la transacción económica y depende de ella para que se produzca la obligación del pago del impuesto. Por otra parte, tiene tres partes bien diferenciadas: La base imponible que es el importe de la operación, el tipo impositivo que es el porcentaje de IVA aplicable a la base imponible y, por último, la cuota de IVA que es la cantidad resultante de aplicar el tipo impositivo a la base imponible.

Como se ha comentado de forma breve anteriormente, hay varios tipos de IVA. El general es del 21% que se aplica a la mayoría de los productos y servicios. Realmente, se les aplica a todos a los que no se les aplica cualquiera de los otros dos tipos que hay. Porque el siguiente tipo es el reducido. Se trata del 10% y afecta a: Alimentos, agua, productos farmacéuticos, compra de vivienda o bienes de uso agrícola y forestal, por citar algunos. Y el último es el superreducido del 4% aplicable a bienes de primera necesidad. Además, hay actividades exentas de IVA, es decir, aquellas en las que Hacienda decide eximir el pago del impuesto.

Por último, en España hay regiones que no tienen aplicación de IVA. Por ejemplo, en Canarias tienen el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) cuyo tipo general es del 6,5%. Además, hay otros tipos: Uno reducido del 3%, el llamado tipo 0 que tiene un 0% y también los incrementados (9,5% y 13,5%) y el especial (20%). Y por su parte, en Ceuta y Melilla está el llamado IPSI (Impuesto sobre la Producción, Servicios e Importación) cuyos tipos varían entre el 10% y el 0,5% favoreciendo así, como pasa con Canarias, el comercio con el resto de España debido a ciertas ventajas fiscales.

Juan Obra 

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